Una de las políticas de la USMP es reconocer el aporte de grandes hombres y mujeres al desarrollo y bienestar de la humanidad y es precisamente en el cumplimiento de ese objetivo que, en mérito y reconocimiento a su extraordinario aporte en el campo de los Derechos Humanos, nuestra casa de estudios incorporó, como Doctor Honoris Causa, al Dr. Carlos Bernal Pulido.
La ceremonia, desarrollada el lunes 06 de mayo en la Facultad de Derecho, inició con la instalación de la mesa de honor, la cual fue presidida por el Ing. José Antonio Chang Escobedo, Rector de la USMP, junto con los Decanos de las Facultades de nuestra Universidad.
En ese contexto, el Decano de la Facultad de Derecho, Dr. Ernesto Álvarez Miranda, fue la autoridad encargada de dirigir al Doctorando hacia el auditorio y acompañarlo a la mesa de honor, dando después las razones significativas y méritos ostentados por los cuales se le otorga el grado de Doctor Honoris Causa al Dr. Bernal.
Entre los méritos destacados por el Decano, se resaltó la trayectoria del doctorando, ya que en el 2001 obtuvo el grado de doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca, España, con la tesis doctoral «El principio de proporcionalidad y los derechos fundamentales», alcanzando una notable calificación.
“En el año 2011 alcanzó el grado de doctor en Filosofía por la Universidad de la Florida, Estados Unidos, con el título de tesis denominado: «Living together within a legal practice» (La vida mancomunada en una práctica jurídica)”; así mismo, es especialista en Derechos Humanos del Instituto Internacional de los Derechos Humanos, René Cassin de Strasbourg, Francia”, sustentó.
Asimismo, recordó que desde el año 2002 es profesor de Derecho Constitucional y Jurisprudencia del Externado y se desempeñó como profesor asistente en el departamento en la Universidad de la Florida y como investigador y miembro del Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita del Externado de Colombia.
“A través del desarrollo de su labor profesional se ha hecho merecedor de múltiples premios y distinciones, entre las que destacan por su importancia y trascendencia: En el 2012 recibió la medalla doctoral Honoris Causa de la Facultad de Derecho de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo en Guayaquil, Ecuador; en el 2019 recibió el premio a la mejor sentencia de alta corte por la sentencia T-209 de 2019. Corporación Excelencia en la Justicia en Colombia y en el 2020 recibió el premio a la mejor sentencia de alta corte por la sentencia SU-141 de 2020. Corporación Excelencia en la Justicia en Colombia”, detalló.
Posteriormente, se invitó al Doctorando a ponerse frente a la mesa de honor para recibir del Vicerrector la medalla y el diploma que lo acredita como Doctor Honoris Causa de nuestra casa de estudios.
Distinguido Dr. Carlos Bernal Pulido, en testimonio de reconocimiento de vuestros relevantes méritos profesionales puestos de manifiesto a través de su sólida formación jurídica y en valores, dirigidos a su labor de investigador y de docente.
Así como su extraordinario aporte en el campo de los Derechos Humanos, y la búsqueda constante de la forma en que las Cortes Constitucionales pueden hacerlos efectivos. Llevándolo a desarrollar este tema en sus escritos técnicos, publicados en 7 idiomas, adaptando, además, esas ideas al Sistema Inter-Americano de Derechos Humanos desde su cargo de Comisionado, y a partir de este año como Primer Vicepresidente de la Comisión Inter- Americana de Derechos Humanos, velando por el respeto de los Derechos Humanos en todos los Estados del continente, sobre todo, a favor de los más vulnerables.
Y en virtud de la autoridad que me está conferida os admito e incorporo al Claustro de Doctores de la Universidad de San Martín de Porres como Doctor Honoris Causa, y en señal de ello, os impongo la medalla y entrego el diploma para que se le reconozca como tal.
Magistral ponencia
Muy emocionado por el reconocimiento, el Dr. Carlos Bernal Pulido agradeció a las autoridades de la USMP por la distinción e inició inmediatamente su ponencia: “Constitucionalismo transformador, mitigación del cambio climático y transición energética”, la cual dividió en tres partes.
“La primera contiene un breve resumen de los fundamentos internacionales y constitucionales en cuanto a la mitigación del cambio climático y la transición energética. La segunda parte explicará los tres enfoques existentes en relación con el litigio sobre cambio climático. Y la tercera parte abogará por un nuevo enfoque, a saber, un enfoque de transición energética y sugerirá una forma en que los tribunales puedan utilizar las estrategias del constitucionalismo transformador para catalizar la creación y la implementación de políticas de transición energética”, explicó.
Inició su exposición recordando que mitigar el cambio climático es un objetivo global, donde casi todos los países son parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992, el Protocolo de Kioto, la Enmienda de Doha de 2012 al Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París de 2015.
“Además, varias constituciones recientes -particularmente de los países del Sur Global- han institucionalizado compromisos estatales explícitos para mitigar el cambio climático. Junto a ello, en varios casos, los tribunales constitucionales y supremos de diversas jurisdicciones han reconocido que los Estados tienen el compromiso de mitigar el cambio climático y han intentado hacer que las autoridades políticas cumplan este compromiso”, sustentó.
Agregó que, en sus sentencias, los tribunales han adoptado tres enfoques: un enfoque de interpretación jurídica, un enfoque de control de emisiones y un enfoque basado en derechos fundamentales y humanos. Sin embargo, los tribunales han pasado por alto que es poco probable que la mitigación del cambio climático tenga éxito sin una transición energética.
Asimismo, resaltó la importancia del marco jurídico internacional en la lucha contra el cambio climático, evidenciado por la creación de tratados y acuerdos que establecen compromisos para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Este marco incluye la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, entre otros, y mencionó la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que integra metas relacionadas con la mitigación del cambio climático, evidenciando una preocupación global por abordar este desafío.
“Es importante fundamentar las obligaciones estatales para mitigar el cambio climático en otros instrumentos internacionales, como convenciones sobre Derechos Humanos y el derecho del mar. Estos instrumentos reconocen el derecho a la protección del medio ambiente y establecen la necesidad de mitigar el cambio climático para garantizar el disfrute de la vida con dignidad”, sustentó.
Por otra parte, abordó el desafío de la aplicación del marco jurídico a nivel nacional, señalando que su efectividad depende de factores como la relación entre el derecho interno e internacional, así como la voluntad política y la institucionalización de compromisos constitucionales para abordar el cambio climático y promover la transición energética hacia fuentes renovables. Esto destaca la necesidad de políticas y medidas concretas a nivel nacional para cumplir con los compromisos internacionales y enfrentar el cambio climático de manera efectiva.
Asimismo, destacó la importancia de la institucionalización internacional y constitucional de los deberes relacionados con la mitigación del cambio climático y la transición energética, lo que abre la posibilidad para que los jueces hagan cumplir estos deberes, explorando tres enfoques principales utilizados en litigios sobre cambio climático: uno basado en la interpretación jurídica, otro en el control de emisiones y un tercero centrado en los derechos humanos. Estos enfoques buscan que los tribunales actúen como agentes para promover la mitigación del cambio climático y hacer cumplir los compromisos internacionales.
“Desde un enfoque de interpretación jurídica, se busca que los tribunales interpreten las leyes de manera favorable a la mitigación del cambio climático. Un ejemplo destacado es el caso Massachusetts vs. Agencia de Protección Ambiental, en el cual la Corte Suprema de Estados Unidos determinó que las emisiones de gases de efecto invernadero deben ser reguladas bajo la Ley de Aire Limpio. Esto subraya la importancia de interpretar términos legales ambiguos para favorecer la mitigación del cambio climático”, fundamentó.
Por otro lado, los enfoques de control de emisiones y basados en Derechos Humanos buscan que los tribunales emitan soluciones concretas para reducir las emisiones y proteger los derechos de las personas afectadas por el cambio climático. Ejemplos como el caso Urgenda vs. Holanda, donde un tribunal ordenó al gobierno holandés reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y el caso Andrea Lozano Barragán vs. Presidencia de Colombia, en el cual la Corte Suprema de Justicia de Colombia reconoció los derechos de las generaciones futuras y ordenó medidas para combatir la deforestación en la Amazonia, muestran cómo los tribunales pueden desempeñar un papel crucial en la promoción de la acción climática a nivel nacional.
Asimismo, abordó críticamente los tres enfoques principales utilizados en litigios sobre cambio climático: interpretación jurídica, control de emisiones y basado en derechos fundamentales y humanos, señalando deficiencias en cada uno de estos enfoques, incluyendo la dependencia de leyes ambiguas, la falta de consideración por las necesidades energéticas de la sociedad y las soluciones simbólicas o insuficientes para abordar los problemas socioeconómicos. Sin embargo, destacó la reciente decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Verein Klima Seniorinnen Schweiz y otros contra Suiza como un paso adelante, al asignar al Estado una obligación legal de seleccionar medidas para mitigar los efectos del cambio climático y supervisar su aplicación.
“Los tribunales pueden desempeñar un papel crucial en la promulgación y aplicación de leyes y políticas de transición energética, garantizando un equilibrio adecuado entre los derechos e intereses de todas las partes involucradas, incluyendo las generaciones presentes y futuras. Se debe destacar la necesidad de un enfoque transformador que fomente la colaboración entre agencias estatales y partes interesadas privadas, y que supervise el cumplimiento y ajuste de las leyes y políticas según sea necesario”, explicó.
Por último, indicó que un marco transformador de esta naturaleza puede garantizar una transición energética justa y equilibrada, que aborde tanto las preocupaciones ambientales como los desafíos socioeconómicos, y que promueva la seguridad y soberanía energética a largo plazo. Se propone que los tribunales adopten técnicas de constitucionalismo transformador para catalizar cambios sociales significativos y promover una transición energética efectiva y sostenible.
Reconocimiento de nuestras autoridades
A su turno, el Rector de la USMP, Ing. José Antonio Chang Escobedo, resaltó la incorporación como Doctor Honoris Causa del Dr. Carlos Bernal Pulido, ya que el claustro de la USMP se ve enriquecido al distinguir a un intelectual de talla mundial.
“A través de su brillante exposición nos ha mostrado una perspectiva muy interesante del constitucionalismo transformador, ya que es realmente importante en esta época, que es la mitigación del cambio climático y la renovación de la matriz energética”, destacó.
Asimismo, agregó que esta perspectiva constitucional enriquecerá no solamente a los estudiantes de Derecho de la USMP, sino a todas las especialidades que de alguna manera están interesadas; es dejar como legado un mundo más saludable a las siguientes generaciones.
Respecto a la incorporación como Doctor Honoris Causa, reconoció que el Dr. Carlos Bernal es mucho más que simplemente un abogado y profesor de Derecho constitucional, ya que su trayectoria ha estado dedicada a la excelencia y compromiso con los principios fundamentales de la justicia y los Derechos Humanos, demostrando con sus conocimientos que es un erudito con los dos doctorados que ostenta, uno en Derecho en la Universidad de Salamanca y otro en Filosofía de la Universidad de Florida.
“Esto es un gran honor y satisfacción que nos encontremos reunidos aquí para conferir este grado de Doctor Honoris Causa, a un distinguido jurista académico, que ha emérito a su notable trayectoria humana, política y profesional y su aporte al desarrollo de los principios democráticos que compartimos”, concluyó.
Cabe resaltar que la ceremonia contó con la presencia del Presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, el miembro del Tribunal Constitucional, Helder Rodríguez, miembros del Tribunal Constitucional, ex ministros de gobierno, delegaciones de embajadas en el Perú, funcionarios, docentes y alumnos de la USMP.
Santa Anita, 08 de mayo de 2024
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