LEY 31814 Y SU REGLAMENTO: UN MARCO PIONERO EN LA REGIÓN
El Perú dio un paso histórico en la gobernanza tecnológica. Con la Ley N.° 31814 (4 de julio de 2023) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2025-PCM (9 de septiembre de 2025), el país cuenta por primera vez con un marco integral para impulsar el uso responsable de la inteligencia artificial (IA), alineado con los debates internacionales y adaptado a la realidad nacional.
PRINCIPIOS QUE GUÍAN LA NORMA
- Seguridad según riesgos: la IA se regula de acuerdo con su nivel de impacto.
- Participación plural: involucra a actores públicos, privados y académicos.
- Ética y responsabilidad: toda aplicación debe respetar valores y derechos humanos.
- Privacidad: se protege el uso de datos personales.
- Sociedad digital: se promueve innovación, educación y economía digital.
QUIÉN REGULA
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), es la autoridad nacional en IA.
Sus tareas incluyen:
- Emitir lineamientos técnicos y éticos.
- Supervisar la implementación en sectores público y privado.
- Coordinar con entidades como la Autoridad de Datos Personales e INDECOPI.
- Informar cada año al Congreso sobre avances y alertar en casos de ciberseguridad grave.
CÓMO SE CLASIFICAN LOS RIESGOS
El Reglamento establece tres categorías:
- Uso prohibido: vigilancia masiva sin sustento legal, manipulación subliminal, o clasificación de personas según datos biométricos sensibles.
- Riesgo alto: permitido con condiciones estrictas en sectores críticos como salud, justicia, educación, transporte o finanzas.
- Riesgo aceptable: aplicaciones de bajo impacto, que deben cumplir principios de transparencia, proporcionalidad y seguridad.
QUÉ DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS DE RIESGO ALTO
Las organizaciones que desarrollen o implementen IA en sectores críticos deberán:
- Garantizar transparencia algorítmica y explicar criterios de decisión.
- Realizar evaluaciones de impacto ético, social y económico.
- Mantener registros actualizados sobre datos y funcionamiento.
- Asegurar supervisión humana en decisiones sensibles (salud, justicia, finanzas).
PLAZOS DE APLICACIÓN
- Sector público: entra en vigor en enero de 2026.
- Sector privado: implementación progresiva en un plazo máximo de cuatro años, con cronogramas diferenciados según sector económico.
UN MARCO CON PROYECCIÓN INTERNACIONAL
El Reglamento se inspira en estándares globales como el AI Act de la Unión Europea, pero adaptado al contexto peruano. Su éxito dependerá de la capacidad de la SGTD para emitir lineamientos claros, coordinar con otras instituciones y fomentar que el sector privado incorpore prácticas de transparencia y responsabilidad algorítmica.
En palabras simples: no se trata solo de regular, sino de garantizar que la IA se convierta en una herramienta real de innovación y bienestar social en el Perú.
Fuente oficial: Decreto Supremo N.° 115-2025-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 31814. Diario Oficial El Peruano, 9 de septiembre de 2025.