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Según el reglamento de evaluación del aprendizaje, el alumno que tenga más de treinta por ciento (30%) de inasistencias injustificadas a las actividades presenciales se le colocará en los registros la nota cero (00) en el promedio final y no tendrá derecho a rendir examen de aplazados.

Según el reglamento de evaluación del aprendizaje, los alumnos que no estuvieran de acuerdo con las calificaciones obtenidas en sus evaluaciones podrán presentar los reclamos pertinentes dentro de las 48 horas de conocida la publicación de sus notas y en las fechas fijadas en el cronograma.

Según el Reglamento de Evaluación del Aprendizaje, la evaluación de rezagados es aquella que se realiza en fecha distinta a la oficialmente programada.
Procede la evaluación de rezagados solo para los alumnos que acrediten causa justificada y con autorización expresa del director del departamento académico (dacad_odontologia@usmp.pe). La solicitud debe presentarse dentro de las 48 horas siguientes a la fecha en que se realizó el examen al que no concurrió.

La evaluación de aplazados es el tipo de evaluación que realizan los alumnos
que han sido desaprobados en la asignatura y mediante la cual pueden demostrar que han alcanzado las competencias, capacidades, actitudes y valores previstos.
Las unidades académicas programan las evaluaciones de aplazados, para el término del período que corresponde a cada asignatura.
No proceden los exámenes de aplazados en los siguientes casos:
a) Asignaturas de práctica preprofesionales.
b) Tener una calificación final desaprobatoria no menor de ocho (08) puntos

Al alumno que aprueba el examen de aplazados se le consigna como nota máxima once (11). En el caso de desaprobación, se le consigna la calificación más alta entre el período regular y el examen de aplazados.

Cuando el alumno desaprueba tres veces una misma asignatura o dos veces consecutivas tres o más asignaturas incurre en deficiencia académica.