El examen de subsanación procede con la autorización del Jefe del Departamento Académico, cuando el alumno al concluir la vigencia de su plan curricular tiene desaprobadas hasta dos asignaturas o adeuda una o más que ya no ofrece la facultad por cambio de currículo. Además, es requisito para este examen que el alumno haya obtenido como promedio mínimo siete (07).
Excepcionalmente, en la Facultad de Medicina Humana podrán rendir examen de subsanación aquellos alumnos que al concluir los estudios del plan curricular deban uno o más cursos que no existan en el currículo vigente. Para aquellos alumnos que tengan asignaturas desaprobadas no procederá el examen de subsanación de las mismas.
La vigencia del trámite de los exámenes de subsanación es de dos (02) semestres académicos y/o dos (02) años.
Para la subsanación de cursos, el alumno del último ciclo o año de estudios deberá presentar una solicitud valorada dirigida al Decano, adjuntando los siguientes documentos:
Los exámenes de subsanación se aprueban mediante Resolución Decanal, siendo el Departamento Académico el responsable de asignar los profesores para las evaluaciones correspondientes, quienes calificarán de cero (00) a veinte (20).
La Oficina de Registros Académicos, conforme a la Resolución Decanal, procede a informar al solicitante y expedir el Acta de Subsanación en la cual el docente designado consigna las calificaciones respectivas.