Son alumnos ingresantes exonerados del concurso ordinario de admisión, quienes han ingresado a la universidad a través de cualquiera de las siguientes modalidades: 1er o 2do puesto en la educación secundaria, tercio superior, deportista calificado, mayor de 30 años, evaluación progresiva, alcanzar vacantes mediante el Centro Preuniversitario, los titulados y graduados del sistema universitario, oficiales de la Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, traslado externo nacional o internacional, traslado interno, categoría de diplomático; y los que ingresen a través de los convenios suscritos por la universidad.
Concordancias: artículo 56º de la Ley Universitaria Nro. 23733
Artículo 15º del Estatuto Universitario
Artículo 9º y 53º del Reglamento de Admisión
Artículo 27.- De los requisitos para matricularse
El alumno que ingrese a la universidad en calidad de exonerado del concurso ordinario de admisión deberá presentar los siguientes requisitos.
La Oficina de Admisión de la Universidad enviará al Departamento Académico correspondiente, los expedientes de los alumnos que presentaron sus respectivos certificados de estudios a fin de realizar el proceso de convalidación de estudios. El Jefe del Departamento Académico es el responsable de efectuar las convalidaciones correspondientes.
Finalizado el proceso de convalidación, el Departamento Académico entregará al Decano su informe y opinión, con la finalidad de que se expida la Resolución Decanal que aprueba la convalidación. Este documento pasará a la Oficina de Registros Académicos y un duplicado será entregado al alumno a fin de que efectúe su matrícula, siguiendo el orden secuencial del plan de estudios y los prerrequisitos.