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Educación Universitaria Condiciones Básicas de Calidad (CBC) son los requisitos mínimos que debe cumplir una universidad para obtener su licenciamiento: refiriéndonos a un currículo de calidad debemos precisar que este maximiza el potencial para la mejora eficaz del aprendizaje. La premisa subyacente en este documento es que la calidad de la educación debe entenderse primordialmente en términos de calidad del aprendizaje de los estudiantes, que a su vez depende en gran medida de la calidad de la enseñanza.
Según la Unesco
En todo debate sobre la elaboración de currículos, es difícil evitar la clásica declaración de Ralph Tyler1sobre las cuatro cuestiones fundamentales que deben abordarse en el proceso:
1.¿Qué fines educativos se procura alcanzar?
2.¿Qué experiencias educativas pueden proporcionarse que puedan alcanzar estos fines?
3.¿Cómo deberían organizarse efectivamente estas experiencias educativas?
4.¿Cómo se debería determinar si se han alcanzado esos objetivos?
Además de esas preguntas, la UNESCO, en un proceso al que contribuyó la OIE, ha abordado la pregunta “¿qué hace un currículo de buena calidad?”, listando los siguientes criterios:
Actualmente, las instituciones que brindan servicios de educación superior en el país se encuentran en proceso de evidenciar el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad y el logro de estándares con fines de licenciamiento y de acreditación respectivamente, con la finalidad de asegurar la formación de ciudadanos con altas capacidades para el ejercicio profesional competente y para la producción de conocimiento de alto valor social.
Un aspecto clave para una educación superior de calidad es la gestión del currículo que implica, atender procesos de planificación, organización, aplicación y evaluación del mismo, considerando una eficiente gestión de la información y evaluación de las metas alcanzadas para retroalimentar el proceso formativo.
Condiciones Básicas de Calidad
Las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para universidades en Perú están establecidas en la Ley Universitaria N° 30220, que fue promulgada el 9 de julio de 2014. Esta ley regula el funcionamiento de las universidades en el país, estableciendo los requisitos mínimos que deben cumplir para ofrecer una educación superior de calidad y obtener el licenciamiento del Ministerio de Educación (MINEDU).
Ley Universitaria N° 30220
La Ley N° 30220 establece un conjunto de normas para el funcionamiento de las universidades y asegura que estas instituciones cumplan con ciertas condiciones de calidad, transparencia, y pertinencia en su oferta educativa. Las Condiciones Básicas de Calidad son parte fundamental de esta ley, y su cumplimiento es un requisito para que las universidades puedan obtener el licenciamiento ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
Su cumplimiento es obligatorio para la obtención del licenciamiento en todos los tipos de procedimiento. La verificación de su cumplimiento se realiza a través de la matriz de CBC.
Las condiciones básicas de calidad y sus componentes son las siguientes
CBC I: Gestión Institucional
CBC II: Desarrollo de Investigación e Innovación
CBC III: Gestión Académica y Programas de Estudio
CBC IV: Infraestructura Educativa y Recursos
CBC V: Disponibilidad de Personal Idóneo y Suficiente
CBC VI: Previsión Económica y Financiera
CBC VII: Servicios Educacionales Complementarios y Mecanismos de Intermediación Laboral
El cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) no solo asegura el licenciamiento y la acreditación, sino que también contribuye a crear una educación superior de calidad, preparando a los estudiantes para enfrentar los retos del mundo profesional y para contribuir al desarrollo de su país.
Lima – Perú.
Correo: observatorioeducativo@usmp.pe